domingo, 9 de marzo de 2014

Modificación en la base de cotización


El pasado día 20 de diciembre el Gobierno aprobó el RDL 26/2013 en el que se modificaron los conceptos que deben tenerse en cuenta para establecer la base de cotización de los trabajadores y trabajadoras del régimen general.


En lo que respecta a Paradores esta medida supone que a partir del 22 de diciembre de 2013 se tengan en cuenta en la base de cotización los conceptos que hasta esta fecha no se tenían como el  plus de distancia, las becas y ayudas de libros (tanto para el trabajador como para su hijos), las cantidades para calzado y calcetines o medias, o la manutención. La mayoría de estos conceptos están claramente valorados en el convenio, a escepción de la manutención, la cual tendrá que ser calculada por la empresa en el valor real que supone a cada uno de los trabajadores individualmente (tendrán que calcular el valor de la comida y multiplicarla por el número de comidas que hagamos en el mes)

En principio esta medida es beneficiosa para el colectivo de trabajadores y trabajadoras, ya que supone que nuestra base de cotización se vea automáticamente incrementada y que lógicamente afectará de forma positiva a las prestaciones que se calculan en base a esta (Desempleo, jubilación, IT, invalidez,...).

El único "perjuicio" que tiene esta medida es que se nos descontará en la nómina el 6'35% del valor de estos conceptos y por lo tanto supondrá una rebaja en lo que cobremos todos los meses.

Os traslado un cuadro realizado por la CCOO y en el que podréis ver con claridad las modificaciones que establece el RDL en cada uno de los conceptos.

Para ver bien el cuadro, pinchar encima y guardarlo en el ordenador para poder ampliarlo.
Para ver bien el cuadro, pinchar encima y guardarlo en el ordenador para poder ampliarlo.

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7 comentarios:

  1. Jorge y mientras nos jubilamos de q vivimos si cada vez cobramos menos?

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  2. Qué buenos son , , sólo piensan en nuestro futuro! !

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  3. mi pregunta es....y puedo renunciar a ello y q me den el dinerito de esa valoracion?? porque yo me vengo con mi tupper me lo caliento y punto ...es lo q se hacia en central ...les pagaban creo q 3 euros aprox por dia no es con animo de ofender pero como se valora una comida a base de cabezas de pescado? y muxas veces comemos a base de las sobras de grupos y se lo repercuten a los clientes y a nosotros tambien?? q clase. yo quiero renunciar y q me den el dinero y yo con mi tupper comere mas sano y mejor . el papelito q han entregado habla de seguro medico...q seguro medico? en lo q se refiere a las medias considero q eso es uniformidad la cual ha de ser a cargo del parador y no del empleado... o acaso tb nos can a cobrar los uniformes . y otra mas morbosilla ...al director tb le afectara pero antes o despues del descuento de direccion del 99% .?

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    1. Puedes renunciar a la comida en especies pero en ese caso te darán la cantidad que para esos casos marca el convenio, que son 14,75 € mes, y cotizarán por la misma cantidad.

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    2. Que bueno lo del 99%. Se supone que es por el precio de coste. Y también tienen que cotizar por la comida de los otros cuatro de familia. Por el servicio de lavandería y planchando. Por el servicio de limpieza de la vivienda. Por lo que costaría al mes el alquiler de esa vivienda. Por el coste de agua luz y calefacción. . . . Y por las invitaciones a familiares amigos y demás allegados ??????
      Nuestra comida también va a tener un 99% de descuento???

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  4. mi pregunta es ... si yo no quiero comer en el Parador... puedo renunciar a ello y que me den el dinero con el que se valora mi manutención??. Es que las cabezas de pescado no es que sea mi plato favorito sabes. en mi caso como en varios que conozco ...vamos por hacer la media hora de descanso pero no como ... entonces prefiero recibir el dinerito por muy poco que sea y llevarme yo mi tupper con mi ensaladita o sopita que es mucho más sana. Eso por una parte , por otra parte ... en el documento entregado al personal informando de ello también habla de un seguro medico ....seguro medico? no tenemos o a mí por lo menos no me consta . Otra cosilla es que lo de las medias y zapatos ya nos lo metieron en nómina el año pasado antes de este decreto del 22 de Diciembre . Y hablando con un compañero hemos llegado a la cuestión de que no lo entendemos pues el uniforme pone en convenio que va a cargo exclusivamente de la empresa entiendo que a cargo también la cotización del mismo ... vale , pues a mí ni a nadie le varia la nomina porque este usando el uniforme y me lo hayan dado hace dos años...y cada vez que recibo una camisa no me varía la nomina. Hasta ahí está muy claro ...pero llegados a este punto me pregunto porque con los zapatos o medias no ocurre lo mismo pues es parte del uniforme y me obligan a ello ...porque sino me llevo las pantuflas de casa y listo . O es que cada vez que nos de una camisa o pantalón nos va afectar en la nomina ????

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  5. pues eso es lo que quieren conseguir que acabemos llevándonos el taper o no os dais cuenta........

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