martes, 17 de febrero de 2015

Sentencia Premio Jubilación (3)


Ya tenemos en nuestro poder la sentencia sobre el premio de jubilación que se ganó en el juzgado de lo social de León.

Os traslado un resumen de lo más destacado de los fundamentos de derecho y el fallo.


FUNDAMENTOS DE DERECHO

SEGUNDO.- Ni el Real Decreto-Ley 2011 ni en las normas de Presupuestos Generales del Estado mencionadas genéricamente por el Abogado del Estado consta la derogación o causa alguna de inaplicación de la norma convencional en que la demanda se apoya, art. 31 del Convenio in fine. No existe, en consecuencia, razón para inaplicar la misma.

La demanda debe ser integramente estimada.

FALLO

Que estimando la demanda ....., debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de ..... por los conceptos de la demanda, más el 10% anual de mora en el pago.

Contra esta sentencia pueden anunciar Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de CASTILLA Y LEÓN.


Como podréis comprobar este juez entiende que la empresa no tiene motivo ninguno para no pagar el premio establecido en el Convenio. En este caso se trata del Convenio del Hostal de San Marcos, pero el redactado es el mismo que el del Convenio General.




9 comentarios:

  1. Q os parece,seria buena idea hacerse con el teléfono del abogado y que llevara los casos q surjan? Se puede Jorge?

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    1. El abogado tendrá su influencia, pero mejor que eso sería que todas las demandas se presentaran en ese juzgado. No creo que hay mucha diferencia entre las demandas presentadas y la defensa por parte de la empresa es siempre la misma, el problema es la interpretación que hace el juez.

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    2. Hola Jorge que se sabe de las Sentencia sobre el eco

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    3. No se nada de ninguna denuncia ni sentencia sobre el ECO. No tengo conocimiento de que nadie lo haya denunciado.

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  2. Se puede presentar la demanda en León, aunque vivas en otra Provincia y trabajaras en un Parador fuera también de León, la Empresa no puede recurrir para que se presente en la Provincia donde desempeñarse tu ultimo trabajo

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    1. No, no se puede. Solo se puede presentar en León si el centro de trabajo donde se reclama es el de León.

      Una trabajadora de Segovia que vive ahora en Ferrol tuvo que presentar la demanda en Segovia porque fue su último lugar de trabajo.

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  3. Si hay sentencia x el eco ,yo puse la denuncia como exjefe q sali con el ere y la perdi xque la empresa alega q esa gratificacion q se dio a los jefes x no reclamar el antiguo eco y compensando con la cantidad q todos sabeis ,el esfuerzo realizado. en el año 2012 ,año en el que todavia estabamos en activo todos los q salimos en el ere,y crei tener derecho a cobrar pero segun la empresa eso fue una negociacion con los jefes q estaban en activo y el juez fallo a su favor ,xque yo no pertenecia a la empresa en el 2013 cuando se hizo esa oferta , que pena de horas trabajadas x la cara para que otros sigan mamoneando ,con un dinero que yo me gané con el sudor d mi frente ,asi nos trata esta empresa a sus trabajadores quitandonos todo lo q pueden y encima los jueces les dan la razon ......que pena de pais . Un saludo a todos los que seguis aguantando

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  4. Jorge, la Empresa se fundamente para no pagar el premio jubilación en tres hechos, que esta caducado al figurar como fecha limite el 31 de Diciembre 2010, que las aportaciones a los planes de pensiones están prohibidas por ley 2011.2012, 2013 y 2014 todas ellas referidas a los presupuestos generales del Estado por lo tanto no se puede llevar a cabo los planes de pensiones y por ultimo fundamenta que esta también prohibidas clausulas en los convenios en las que se establezca la jubilación forzosa a los 65 años y por tanto las jubilaciones al no ser forzosas no es de aplicación el art.54 del convenio
    No puedes enviar a los Paradores para que se les entregue a los que están en tramite para poder cobrar este premio, una copia de todos los artículos del convenio de León que hagan referencia a este premio, para enseñárselo al Abogado y que así vea la similitud de lo redactado en los dos convenios y presentarlo como prueba en el Juzgado, pues tanto los Abogados como los Jueces lo que quieren son demostración con papeles y no con lo que se diga

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    1. Se le está enviando a todos los abogados con los que tenemos contacto la sentencia de León y la explicación de que aunque son convenios diferentes, en este caso dicen lo mismo.

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