jueves, 15 de marzo de 2018

Preacuerdo, movilidad funcional


Explicación de los puntos del preacuerdo de convenio: 

Artículo 16.- Movilidad funcional

En este artículo introducimos dos modificaciones que mejoran lo que está establecido hasta ahora en el Convenio. Estas mejoras las encontraremos en al artículo 16 apartado 4 y en lo que se refiere al cobro de la diferencias por trabajos de superior categoría en los días de descanso y en vacaciones.

La novedad es que se establece que en el momento en que se realizan trabajos de superior categoría durante 14 días en un periodo de un mes también se tiene derecho a cobrar esta diferencia en los días libres correspondiente aunque estos 14 días no sean consecutivos. La conclusión es que por 14 días trabajados cobraremos 18 esta diferencia. Además si se cobra esta diferencia por un periodo superior a un mes, se tiene derecho también a la parte proporcional de vacaciones, es decir 2'5 días por mes (hasta ahora se cobran 30 días, si esto se aprueba definitivamente se cobrará 32'5 días la diferencia de la categoría).

El resto del redactado de este artículo queda igual que en el convenio actual.

Preacuerdo, contratación

Explicación de los puntos del preacuerdo del convenio:

Artículo 11.- Contratación (Contrato a tiempo parcial):

Este tema en este preacuerdo tiene una mejora considerable sobre el convenio actual, que se puede resumir en lo siguiente:
  • Turno continuado en jornadas igual o inferior a 5 horas.
  • Se amplía la posibilidad de hacer horas complementarias hasta el 60% de la jornada. Además se añade la posibilidad de renunciar a lo firmado sobre realización de horas complementarias transcurrido un año y con solo un preaviso por parte de la trabajadora de un mes de antelación.
  • Consolidación del 50% de las horas complementarias realizadas en dos años, con un límite del 50% de la jornada del contrato. Una trabajadora con contrato de 20 horas semanales que durante 2 años realiza el 60% de horas complementarias (12 semanales), pasa a tener una jornada semanal establecida de 26 horas semanales.
  • Se establece la preferencia de las personas que están a tiempo parcial para cubrir plazas a tiempo completo o con jornada superior a la suya, sin tener que concursar y por orden de antigüedad.
Por otro lado regulamos mínimamente la externalización de servicios para que se les aplique a los trabajadores y trabajadoras lo que estipula la ley de Contratos del Sector Público.

miércoles, 14 de marzo de 2018

Comunicados del mes de marzo



En este mes de Marzo desde la parte social en la mesa negociadora del Convenio hemos enviado varios comunicados que deberíais tener en los tablones de anuncios de vuestros Paradores.

jueves, 22 de febrero de 2018

8 de marzo también en Paradores


Información sobre los paros del 8 de marzo. Vuestra lucha es la nuestra, todos y todas contra la desigualdad entre hombres y mujeres.

viernes, 9 de febrero de 2018

Becas y ayudas 2017


El pasado 7 de febrero se ha hecho la revisión de las solicitudes presentadas de ayudas de libros y becas recogidas en el Convenio. Próximamente se enviará el listado correspondiente a los Paradores para su revisión y que podáis presentar las reclamaciones y subsanaciones oportunas en el plazo que se establecerá en el propio listado.

miércoles, 24 de enero de 2018

Último intento para sacar adelante nuestro convenio.


Como os trasladamos en el comunicado que podéis ver al final de esta entrada y que debería estar en los tablones de anuncios de todos los Paradores, hemos hecho un nuevo intento para sacar adelante este Convenio. Esta vez, después de hacer muchas valoraciones hemos decidido enfocar nuestra propuesta en los puntos que consideramos esenciales en el convenio intentando eliminar al máximo posible las distancias que nos separan en la mesa de negociación.

domingo, 24 de diciembre de 2017

Un año más



Un año más se termina y seguimos igual, pero seguiremos peleando por lo que es nuestro. 


miércoles, 29 de noviembre de 2017

Ya tenemos sentencia definitiva del premio de jubilación



El supremo ya dictó sentencia, como seguramente ya sabréis y esta fue desfavorable. Fue una pelea dura en la que empezamos mal, con varias sentencias desfavorables en juzgados de primera instancia y superiores de justicia, solo unas pocas favorables de primera instancia y una de tribunal superior.

En este caso el tribunal supremo tumba todos los argumentos de la sentencia del tribunal superior de Cantabria y da definitivamente la razón a la empresa, estableciendo como cuestión prioritaria la caducidad de estos premios el 31 de diciembre de 2010, no dando validez al hecho de que la empresa siguió reconociéndolos hasta principios de 2013.

viernes, 22 de septiembre de 2017

Los premios de jubilación en el Supremo


El próximo día 26 de septiembre se reunirá los jueces que van a ver el tema de los premios de jubilación de Paradores para tomar una decisión.

Esto supone que un mes después aproximadamente tendremos una sentencia definitiva que va a significar que terminemos definitivamente con este tema.

Espero que se tengan en cuenta las sentencias de los tribunales superiores que dan la razón a los trabajadores y que se corrija lo que, desde mi punto de vista, es una injusticia.

Estamos en sus manos, crucemos los dedos y esperemos una sentencia favorable.