Os traslado las nuevas tablas del año 2016 después de aplicar el incremento pactado para el Convenio General el pasado mes de diciembre
En la nómina del mes de enero que acabamos de cobrar hemos recibido los correspondientes atrasos que corresponden al periodo de enero a diciembre de 2016.
Os las traslado tal y como se firmaros y para el cálculo del salario mensual solo hay que dividir el salario base anual entre 12.
Y la subida correspondiente al turno de noche?
ResponderEliminarDónde está,?
La nocturnidad es el 25% del salario base. La hora nocturna se calcula de la siguiente forma:
EliminarSalario base anual (incluidas las pagas) dividido por la jornada anual (1794 horas) y por el 25%.
Con esta formula obtenemos el valor de la hora nocturna.
ok, gracias
Eliminarsolamente un comentario, una subida escandalosamente baja.
un saludo
Totalmente de acuerdo contigo.
EliminarHola buenas Jorge....que se sabe de la fecha de la inauguración de Veruela y Lleida??? va la empresa a pedir plazas a cubrir o va a cubrir con gente de la calle?
ResponderEliminarNo sabemos nada ni de una cosa ni de la otra.
EliminarHola Jorge no sé si es aquí dónde puedo preguntarte si estás de baja y vuelves terminado el año pierdo las vacaciones y abonables que trabajé Gracias
ResponderEliminarNo, las vacaciones seguro que no las pierdes, los festivos es más discutible y en principio si se pierden.
EliminarDesde hace unos años está claro que aunque pase el año las partes de las vacaciones que no se disfrutaron por estar de baja hay derecho a disfrutarlas.