El viernes pasado el consejo de ministros aprobó la reforma laboral, una reforma que intentan vendernos como la solución para la crisis pero que todos sabemos, incluidos ellos, que solo es un recorte de derechos brutal que no va a solucionar los problemas que tenemos la gran mayoría de los ciudadanos de este país. Que nadie pretenda engañarnos, esta crisis no fue provocada por las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras, con lo cual la solución no puede pasar por recortar estas. Hemos arrimado el hombro hasta más aya de lo que era nuestra obligación, ya está bien, no se nos pueden pedir más esfuerzos.
Una vez más se intenta aprovechar una situación provocada por un sistema capitalista insaciable para recortar los derechos que tanto sudor y lágrimas costó históricamente a los trabajadores y trabajadoras de este país. Ahora es nuestra obligación parar esta sangría, digamos BASTA YA!!! Salgamos a la calle y, sobretodo, no nos dejemos contaminar por el bombardeo publicitario que recibiremos en los próximos días.
Os traslado un resumen de una parte de lo que significa esta nueva reforma laboral:
1. El Gobierno, pese a sus declaraciones, ha despreciado el
diálogo y la concertación social y lo ha hecho tanto por
no convocar a las organizaciones sindicales y empresariales para negociar los
contenidos de la futura reforma como por instrumentalizar interesadamente el
contenido del segundo acuerdo para el empleo y la negociación colectiva suscrito
entre los agentes sociales el pasado 25 de enero.
2. Abarata y facilita el despido:
·
Reduce la indemnización de 45 días por año con un limite de 42
mensualidades en el despido improcedente, a 33 días con un limite de 24
mensualidades en todos los contratos indefinidos.
·
Se modifican las causas de despido para evitar el control
judicial.
·
Elimina la autorización administrativa en los despidos colectivos,
lo que va a afectar gravemente a las posibilidades de alcanzar acuerdo con
indemnizaciones superiores a los veinte días por año.
·
Facilita el despido por absentismo (entre el que se encuentra el
debido a enfermedad), al desvincular el del trabajador del nivel del resto de
la plantilla.
3. No reduce las modalidades de contratación
indefinida; al contrario crea un nuevo contrato:
·
Contrato indefinido que podrán utilizar el 95% de las empresas
españolas. Este contrato podrá extinguirse durante su primer año sin
indemnización alguna por la simple voluntad del empresario.
Además se empeoran las condiciones de otras dos
modalidades de contratación:
·
Contrato para la formación y el aprendizaje. Se desvincula de la
formación del trabajador.
·
El contrato a tiempo parcial se modifica para permitir la
realización de horas extraordinarias, lo que anima al fraude en la concertación
de sus condiciones y tiene efectos en las cotizaciones y prestaciones sociales.
4. El Real Decreto afecta gravemente a la negociación colectiva
conduciendo a los trabajadores a la negociación individual de sus condiciones
de trabajo:
·
Contempla la inaplicación de los convenios a través del arbitraje
obligatorio,
·
pone fin a la ultraactividad de los convenios colectivos a los dos
años de la terminación de su vigencia inicial; individualizando las condiciones
laborales de los trabajadores.
·
El convenio de empresa, sea cual sea el número de sus
trabajadores, se sitúa sin excepción como preferente respecto al convenio
sectorial.
5. A través de las medidas de flexibilidad interna
pretende corregir la dualidad del mercado de trabajo colocando a todos los
trabajadores en una situación más desprotegida frente al poder discrecional del
empresario:
·
Amplía las posibilidades de movilidad geográfica,
·
Facilita al empresario la posibilidad de modificar unilateralmente
jornada, horario y sistema de rendimiento, entre otras condiciones sustanciales
de trabajo,
·
Permite, sin autorización administrativa suspender o reducir
temporalmente la jornada de trabajo.
6. Incide en la calidad de los
servicios públicos y se facilita el despido de los trabajadores de las
Administraciones Públicas:
·
Puestos de trabajo hasta ahora ocupados con contratos laborales
podrán ser ocupados por desempleados perceptores de la prestación por
desempleo.
·
Se contemplan para los empleados con contrato de trabajo de las
Administraciones Públicas las mismas las causas de despido que las establecidas
para las empresas privadas.
7. Introduce diferencias en las posibilidades de empleo de los parados colocando en mejor situación a quienes
perciben prestaciones respecto de aquéllos que ya han agotado las mismas. Se
hace posible compatibilizar la percepción de desempleo con trabajo y se
contemplan incentivos fiscales por la contratación de perceptores de desempleo.
8.Crea las condiciones para condenar definitivamente a los
jóvenes al desempleo y al infraempleo a través de “infrajobs”
por la vía de la contratación a tiempo parcial y de un nuevo contrato de
aprendizaje desvinculado realmente de la formación.
En
conclusión, es una nueva reforma que no sólo no va a crear empleo sino que va a
favorecer su destrucción. Una reforma que desprotege todavía más a los
trabajadores y trabajadoras y favorece un mayor poder discrecional de los
empresarios; que va a condenar definitivamente a los jóvenes al desempleo o a
la infracontratación, que penaliza a los desempleados sin prestaciones de
desempleo en sus posibilidades de contratación.
Esta
reforma ni se hace para crear empleo ni para evitar su destrucción. Esta
reforma solo se hace para contentar a las instituciones y cancillerías
europeas, aquellos que sólo conciben la superación de la crisis imponiendo
graves reducciones en los derechos laborales y sociales de los trabajadores y
trabajadoras como demuestran las “bravuconadas” del Presidente y del Ministro
de Economía en sus recientes visitas a Bruselas.
1. Asambleas a lo largo de toda la semana próxima intentado llegar a los centros de trabajo.
4. A partir del día 19 se seguirán tomando las medidas que sean necesarias.
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