Una nueva sentencia del TSJ del País Vasco declara nula la aplicación del Estatuto de los Trabajadores ante la perdida de ultraactividad de un convenio. En este caso, además, el convenio no recogía ninguna clausula de ultraccividad, a pesar de lo cual entiende el tribunal que en las materias no recogidas en el Convenio de ámbito superior, debe seguir aplicándose el convenio que perdió vigencia el 8 de julio de 2013.
Os traslado el enlace a la noticia de Expansión y a la sentencia.









