lunes, 19 de marzo de 2018

Sentencia disfrute de licencias


El pasado 13 de febrero el Tribunal Supremo ha dictado sentencia en la que establece en resumen que el día de inicio de las licencias retribuidas debe coincidir con un día laborable, con lo cual empiezan a contra el número de días que correspondan a partir del primer día de trabajo a partir del hecho causante.

Con lo cual si la hospitalización, la enfermedad, el fallecimiento de un familiar se produce en un día de descanso, empezaremos a cortar los días que nos correspondan a partir del siguiente día que tengamos que trabajar. También para las otras licencias como la de matrimonio.

Esta sentencia no es de Paradores pero al ser del Supremo crea jurisprudencia y es de aplicación a todo el mundo mundial.

Por si queréis la sentencia es la Sentencia de Casación 266/2016.



No hay comentarios:

Publicar un comentario