viernes, 25 de enero de 2013

Dudas y preguntas sobre los despidos en Paradores


Desde el día 23 son muchas las dudas que lógicamente me están llegando, sobretodo en lo referente a los despidos. Estas dudas se están planteando en diferentes entradas de este blog, lo que dificulta el contestarlas convenientemente y que finalmente se acaben aclarando y que todo el mundo lo conozca.

Por eso pensé en crear esta entrada en la que únicamente se colgarán las dudas que planteéis en vuestros comentarios y las respuestas que pueda dar yo o cualquier otra persona que esté en condiciones de hacerlo.


Os pediría que todas las dudas que tengáis  sobretodo en referencia a los despidos, las planteéis en esta entrada y no en otra. Esto facilitará mi labor y la de las personas que necesitan aclarar esas dudas.

Yo intentaré recopilar las que lleváis planteadas hasta ahora y organizarlas aquí. Para empezar pongo una cuestión que se me planteó y que es importante aclararla ya porque es algo que puede suceder inmediatamente.

1.- ¿Como tienen que notificarnos el despido?

Por supuesto, lo tienen que hacer por escrito y especificando las causas del despido (en este caso por aplicación del ERE).

En el momento que nos entrenguen el escrito, debemos firmar como que lo recibimos, poniendo la fecha en el caso de que no coincida la que tiene el escrito con el día que nos lo entregan y, si lo consideramos oportuno, poniendo al lado de nuestra firma "no conforme" (por lo que pudiéramos necesitar).

68 comentarios:

  1. Este comentario no es mío, es de un anónimo que lo dejó en otra entrada y me pareció interesante que abriese este nuevo apartado de dudas. Espero que al autor no le parezca mal este cambio de ubicación.

    Hola jorge en primer lugar GRACIAS por tu interés y dedicación en contestar a todas las dudas que nos ha producido este injusto ere a los trabajadores de paradores.
    Espero que los encargados del seguimiento del ere ,estén atentos y pongan sobreaviso a todos los despedidos sobre lo que es importante a tener en cuenta cuando nos dén a firmar las cartas de despido ,para que no nos cuelen otra patata caliente y no nos paguen todo lo que por ley nos pertenece.
    Se supone que cuando nos den a firmar el despido ,los 15 dias que por ley nos corresponden,si nos dicen no venga Ud mañana ,nos los tendrán que pagar,mas los dias de vacaciones y abonables que nos correspondan por los meses trabajados ¿no? Para saber realmente lo que nos tienen que dar a cada uno ,debemos asesorarnos en los sindicatos y al ser un ere debemos tener asesoramiento gratis ¿NO?porque para esto (he leido en algún sitio )ya le pasan la minuta a la empresa ¿verdad? si esto es así ,deberiais los del CI decirlo en un comunicado ,para que todos los trabajadores que estamos un poco perdidos en estas lides..... PUES ES UNA NOVEDAD INGRATA QUE SIN QUERERLO NOS ESTÁ TOCANDO VIVIR ,no paguemos un servicio que no debemos pagar por las cicunstancias especiales del despido y tampoco perdamos ni un euro de los que tenemos derecho a cobrar todos y cada uno de los que nos vamos.
    Toda la negociación del ERE en paradores ,ha sido un circo con todos los ingredientes por parte de la empresa para colarnos como decía al pricipio una patata caliente ,de la que nos arrepentiremos toda la vida el haberla aceptado,el dia a dia de los que se quedan trabajando va a ser una explotación pura y dura ,mientras los culpables de todo ésto, van a seguir mamoneando a sus anchas,yá pueden las personas encargadas del seguimiento del protocolo de buenas prácticas emplearse a fondo ,porque si no ir a trabajar va a ser de un desgaste tremendo ,viendo ,lo que vemos todos los dias cada uno en sus respectivos paradores.....

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  2. Otra duda planteada por un anónimo en otra entrada que también traslado aquí:

    "Jorge Buenos dias, Si me encuentro de baja por Incapacidad Temporal por enfermedad y estoy en el ERE, desde cuanto tendra efectidad la comunicacion del despido, y para la prestacion del desempleo?????
    Gracias"

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    1. En ese caso la efectividad es igual a la que tendría si estuvieses trabajando. Te lo tendrán que dar por escrito como a los demás y será efectivo en la fecha que te ponga en el escrito.

      A partir de ahí seguirás de baja hasta que te den el alta (de todas formas tendrás que presentarte en la oficina de empleo con tus papeles), seguirás cobrando la baja por IT, y el tiempo de paro te contará igual que si no estuvieses de baja.

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    2. Jorge :para nada me sabe mal el que pongas el escrito donde tú lo creas más conveniente.
      Pero por favor ,dinos si es verdad que por las cicunstancias especiales del despido, podemos recurrir gratuitamente a los sindicatos que han negociado con la empresa el ERE ,para saber cuanto nos pertenece por ley de indemnización o cualquier otra ayuda referente al despido que podamos necesitar.
      Todos los beneficios económicos que podamos aprovechar los trabajadores despedidos,nos viene de perlas ,porque tú sabes ,que las indemnizaciones y la paga que nos va a quedar cuando pasen los primeros 6 meses de paro , van a ser de risa , con los sueldos tan miserables que nos paga paradores.
      !!Qué lastima de dedicación hácia esta empresa,la que hemos tenido la mayoría de los que nos echan......si hubiéramos sabido el final que nos tenían reservado...otro gallo hubiera cantado....
      POr favor Jorge cuando puedas contestas a mi pregunta gracias y un cordial saludo

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    3. Cualquier información de carácter general la podéis resolver con los que estuvimos en la mesa, otra cosa es que necesitéis otro tipo de servicios de abogados o asesoramiento más especifico, en los sindicatos no tienen un tratamiento especial por ser despido por ERE y tendréis que acogeros a las normas que estén establecidas en cada sindicato sobre los costes al no ser afiliados.

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  3. Jorge gracias de por el esfurzo que estas haciendo por contes tar a nuestras dudas
    quisiera saber si me puedes informar sobre los que hemos pedido la jubilación parcial y nos habiamos apuntado a ere voluntario y no nos nos despides si ahora nos concederan la jubilación parcial
    saludos

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    1. Si tenéis derecho a ella por cumplir los requisitos necesarios, tienen que concedérosla.

      Se habló de este tema en la Comisión de Seguimiento y la conclusión fue esta.

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  4. Buenas tardes Jorge, ayer fue un dia duro para todos los empleados de Paradores, apoyo tu labor y la comité en este ere que no ha sido nada facil, desde mi humilde opinion habeis hecho todo lo que estaba en vuestras manos, mi consulta es sobre la reduccion de 25% de jornada, que personas se van ver afectadas? Se tendran en cuentan las personas que ya tienen reducida su jornada diaria en la reduccion de meses? Mi contrato es de cuatro horas diarias, espero tu respuesta saludos

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    1. Siento no poder responderte en estos momentos. En lo que se refiere a la reducción del 25% no hay nada definitivo. El próximo lunes por la mañana estamos convocados la Comisión de Seguimiento a una reunión en la que hablaremos de este tema y esperamos que ese día quede finalmente definido, pero hasta ese momento no hay nada claro.

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  5. Jorge a mi me dijeron ayer que no segia yo y otro compañero e amigo... nos echan a 2 de mi departamento pero tengo constancia que van a contratar a 2 o 3 personas mas de este mismo departamento que estaban actuando de extras... es justo? es legal? a mi no me parece mu bien todo esto que esta haciendo la empresa y la forma de hacerlo. gx tengo constancia que a partir de febrero y marzo el trabajo aumenta considerablemente aqui.

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    1. A mi me parece fatal todo lo que están haciendo y debemos procurar por todos los medios que no se produzcan abusos. El primer abuso es este ERE que no tiene razón de ser pero que tuvimos que comernos. Ahora lo que tenemos que hacer es denunciar todo aquello que sea ilegal.

      Lo que dices que quieren hacer no es justo y además, dependiendo de como lo hagan puede ser ilegal. Los representantes de los trabajadores en cada centro tenemos que controlar estas cosas y denunciar todo lo que no se ajuste a la legalidad. Los despidos la dirección de la empresa los justifica para eliminar gastos y superar una situación económica de perdidas. Si se utiliza para otra cosa se convierte en ilegal y es denunciable.

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    2. Y en ceuta ¿porqué se le paga a una empresa privada 2500 € al mes por un jardinero y echan a 8 compañeros a la calle? ¿Es legal?.

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    3. Echan a algún jardinero? No lo recuerdo y no tengo la lista a mano.

      A mi no me parece moral, lo de legal o ilegal depende.

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    4. No es que echen a un jardinero, es que se paga a una empresa privada 2500€ por un jardinero y se despiden a unos compañeros que podrian hacer de jardinero y ahorrarse la empresa esos 2400€ y que un padre de familia no se fuera a la calle

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    5. Te digo lo mismo, no es moral, pero creo que si es legal. La empresa ya tenía contratada a la empresa cuando inició el ERE, otra cosa sería que la contratara para sustituir a los despedidos.

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  6. Hola joge me podrías renponder q pasa con los q hemos pedido la baja voluntaria con 61 años y teniendo pedida la jubilación parcial y no nos Lo han concedido?

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    1. Si tenéis derecho a la jubilación parcial, es esta la que os tienen que conceder.

      Te recuerdo que para tener derecho a la jubilación parcial hay que tener 61 años y 6 meses o haber cotizado antes de 1967 y tener 61 años.

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  7. En las reucciones de jornada como lo van a hace?
    van a tener en cuenta la antiguedad? o sobre que se van a vasar?
    la reduccion de jornada es solo para los de 8h?
    muchas gracis anticipadas

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    1. Hasta después de la reunión del lunes no podré contestar a preguntas tan concretas sobre la reducción de jornada.

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  8. Que dia aproximadamente se sabrán los despidos, habrá listas? y las reducciones de jornada cuando se sabrán? o lo van a ir haciendo como y cuando ellos quieran?

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    1. La lista ya está, ya se sabe que personas son las 350 con nombres y apellidos. Ahora solo falta que la empresa envíe la carta a cada uno con la fecha en la que el despido será efectivo.

      Aprobecho para dejar claro que la comunicación del despido tienen que hacerlo por escrito, no basta con que haya una lista, la empresa tiene que comunicar a cada uno la fecha en la que será efectivo su despido.

      Lo de las reducciones de jornada se negociará el próximo lunes.

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  9. Jorge a cuantas personas en total se les reduciria la jornada?

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  10. jorge las persona que ya an sido nombradas en cada parador son definitas

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  11. Buenas noches Jorge te estamos torpedeando con tantas preguntas.
    un que hice hace ya varios dias por que en CADIZ Y MALAGA GOLF NO LE A TOCADO A NADIE. muchas gracias por tu dedicación

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    1. Que no le va a tocar el que? No se a que te refieres, porque en los dos Paradores hay despidos.

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    2. en las listas que mandastis los dos paradores de referencia vienen despidos cero y reducción de jornada cero

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  12. Jorge las personas que tenéis en las listas de las reducciones son las definitivas o puede haber cambios?

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    1. No hay nada definitivo sobre reducciones. Repito que el lunes hay una reunión de la Comisión de Seguimiento donde se tratará este tema.

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  13. Jorge he hecho comentarios sobre la forma de compartir la reducción entre todo el departamento y no lo has publicado. Hazlo.

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    1. Debe estar ya colgado o no me llegó, no tengo ninguno pendiente.

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  14. holajorge soy pili yo estoi de vaja por deplesion y me an metido un ere de cuatro meses
    tengo que darme de alta en el paro por que yo voy a segri de baja
    por que creo que si me corre el ere pero no el paro
    por favor contestame
    un saludo

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    1. No acabo de entender a que te refieres. ¿Estás en un Parador que cierra por temporada y estas en el ERTE?

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  15. lola jorge soy santiago y mi pregunta es poeque tiene que hir la misma persona al ere durante tes años y no es mas humano re per tirlo entre todos por uqe asi solo tocariamos a tres meses cada uno y no consumiriamos el paro de uo solo
    un saludo desde tordesillas

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    1. Repito que lo de las reducciones de jornada se verá el lunes. Veremos que es lo que queda finalmente, intentaremos en la Comisión de Seguimiento que sea lo menos perjudicial posible.

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  16. joge dices que no saveis nada de la reducion de jornaday porque en
    Todesillas lla se save el numero de personas las categorias y como lo van acer los turnos y los que van al ere de cuatro meses lla tienen las cartas

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    1. Lo de Tordesillas es por el cierre de un ala de habitaciones, no tiene nada que ver con las 400 reducciones de jornada.

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  17. Buenas Jorge, cumplo en noviembre de este año 61 y tengo una antigüedad en la empresa de 40 años aprox, puedo entregar la documentación para prejubilarme?. ¿a quién? o espero a que la empresa y/o diereccion de algún paso o información previa.

    Gracias de antemano

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    1. Imagino que no estarás entre los 350 despidos y que me hablas de la jubilación parcial. Si es así hasta que cumplas 61 años y medio no podrás acogerte a este tipo de jubilación, con lo cual hasta mayo de 2014 no podrás solicitarlo.

      Tenemos que tener en cuanta además que seguramente la legislación sobre jubilación parcial cambiará y habrá que estar a lo que se establezca en ese momento. Lo que comento en el párrafo anterior es si no cambiase nada, cosa que no creo que suceda.

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  18. Están surgiendo muchas preguntas sobre la posibilidad de la movilidad geográfica voluntaria.

    En este tema deciros que, lo que tienen que hacer los despedidos forzosos que deseen acogerse a esta movilidad es solicitarlo inmediatamente y lo llevaremos a la Comisión de Seguimiento. En la solicitud solo tienen que decir que están en disposición de acogerse a esta posibilidad y que se le trasladen las plazas que hay disponibles.

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  19. ¿ Donde hay nque solicitar la movilidad geografica y como?
    Un saludo Jorge

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    1. Pregunta importante que tenía que haber aclarado en mi comentario anterior y no hice.

      Los mail para solicitarlo son los mismos que para la adhesiones voluntarias. Creo que no debo ponerlo aquí (este es un medio público), pero si alguien no lo sabe y lo necesita estoy en disposición de proporcionarlo con que simplemente me mandéis un mail a mi dirección (jcpenedo@hotmail.com).

      Como? diciendo simplemente que "en base al acuerdo de 2 de enero y teniendo en cuenta que estoy en situación de despido forzoso por aplicación del Expediente de Regulación de Empleo, estoy en disposición de valorar la posibilidad de acogerse a la movilidad geográfica voluntaria, para lo cual necesito se me informe sobre las plazas a las que puedo optar". Proporcionando nombre y apellidos, categoría y Parador de origen.

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    2. y los que han pedido movilibilidad pero no han sido despedidos?solo van a mover a los que han despedido forzosos?

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  20. Jorge Buenos noches, Si me encuentro de baja por Incapacidad Temporal porque estoy embarazada. estoy en el ERE, desde cuanto tendra efectidad la comunicacion del despido, es legal que me despidan y para la prestacion del desempleo?????,que motivos os ha llevado a elegir uno o otro habeis llevado algun criterio o patron o a sido a dedo,me siento en un mar de preguntas sin respuestas porque no entiendo el porque??
    Gracias"

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    1. Primero nosotros no hemos elegido, ha sido la dirección de la empresa quien ha puesto los nombres después de que se añadieran a los voluntarios.

      El despido lo tienen que comunicar por escrito y una vez recibido tendrías que consultar a un abogado si el estar embarazada podría suponer que no pudieran despedirte. La efectividad es a partir de la fecha que te diga en el escrito.

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    2. Gracias jorge,me surge una pregunta a tu respuesta,cuando te refieres a la dirección de la empresa te refieres a Madrid,o se han mandado informes desde la direccion de tu parador???

      Gracias

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    3. Me refiero a Madrid. Lo que yo no se es si a la hora de poner los nombres tuvieron alguna intervención los regionales y los directores de los distintos centros, imagino (y solo imagino) que alguna intervención debieron tener en algunos casos.

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  21. Jorge
    La informacion que estas dando sobre Jubilaciones Parciales no es correcta, comprobalo, tanto con la normativa anterior, que es la actualmente en vigor, al haberse suspendido la que iba a entrar en vigor el pasado dia 01/01/2013, cumpliendo determinados requisitos se puede acceder a la jubilacion parcial a partir de los 60 años.
    Si parece cierto que lo que pretenden es retrasarla con la reforma que parece van a llevar a cabo.

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  22. Buenos días:
    me gustaría por favor, que me aclarara una duda: ¿si la gobernanta de un parador se adhiere voluntariamente al ERE y la empresa lo acepta es posible ocupar su plaza o debido a que entra en el ERE esa plaza ya no la puede ocupar otra persona? gracias

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  23. Con los despidos y las futuras reducciones de jornadas me asalta la pregunta si los delegados sindicales van a seguir teniendo las horas sindicales hasta dias de fiestas, por supuesto con la solicitud firmada por el secretario general del sindicato local,porque en muchos casos a los demas trabajadores nos perjudica, ya que tendremos que cubrir sus turnos a lo mejor en un dia de fiesta señalado de trabajo para darle un servicio al cliente como se debe.¿Es decir pueden cojer los delegados sincicales horas sindicales dias de fiesta? Gracias, esta duda es muy importante porque a creado un malestar entre los compañeros.

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    1. Los representantes de los trabajadores pueden coger horas sindicales en días de fiesta siempre que tengan algún trabajo sindical que realizar en ese día o lo hayan realizado en su tiempo libre y quieran recuperarlo.

      Es más, a partir de ahora los representantes de los trabajadores deberían coger más horas sindicales porque tendremos más trabajo que nunca.

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  24. Y tanto que lo vais a tener ,empezando por los despidos ,siguiendo con las reducciones y controlando ese protocolo de buenas prácticas,que es super importante el llevarlo a cabo ....
    De momento se lo están pasando todo por el forro de los c........
    Cómo es posible que me diga el director del parador donde trabajo ,que el dia 1 dejo de trabajar, si no me han dado la carta de despido con la fecha del cese en la misma?.
    Mientras no me dén la carta de despido con los 15 dias que marca la ley o me los paguen en la nomina de este mes ,donde yo lo vea muy clarito mas ,los dias de vacaciones y los festivos del mes en curso ,mas los dos dias festivos de la huelga que me chorizaron por secundarlas y todo lo que me corresponda por despedirme en un MUY INJUSTO ERE,yo no pienso firmar nada y pienso seguir trabajando hasta tenerlo todo en regla y nos vamos a unir todos los despedidos para que se haga lo que marca la ley ,les guste o no les guste y si hace falta denunciarlo lo haremos y os lo comunicaremos al C I para que tomeis cartas en el asunto.
    Despues de cómo han jugado con nosotros descaradmente ,manteniendo la tensión al límite de tantas familias,todos estos impresentables no tienen perdón de dios y menos de nuestra parte.
    Así que ,delegados de personal y CI a trabajar y no dejarles pasar ni una.

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    1. A eso vamos, no tenemos que dejar pasar ni una. Aquí no está todo dicho, tenemos mucho que hacer y mucho que decir. El firmar el acuerdo del ERE en ningún caso supone un cheque en blanco para que hagan lo que les de la gana, de ninguna de las maneras.

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  25. Estoy con el compañero de las 20:40. El director de mi parador le dice de palabra a los compañeros lo del despido y que el jueves firmarán los papeles. Que yo sepa si te comunican el despido te lo tendrán que dar por escrito digo yo y los quince días serán hasta el día 07 de febrero que es cuando tendrían que causar baja, no el día 31 de enero. Mi pregunta es ¿ te tienen que abonar los quince días si te vas antes de terminar el plazo establecido de los quince días, no? Claro la dirección dice que no, pero la ley es muy clara si te notifican el despido y no trabajas los quince días te los tienen que pagar porque entonces aquí no lo quieren hacer. El comité tendría que tomar cartas en asunto. Gracias.

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    1. No es que quieran o no quieran. Lo tienen que hacer y lo harán. Las cartas de despido se entregarán el día 31 con efectos del despido el día 1 y reconociendo y abonando la empresa los 15 días de preaviso. Así nos lo dijo la empresa en la última reunión y así se tiene que hacer.

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  26. Por favor Jorge a ver si os poneis de acuerdo ,los delegados y el C I en las soluciones a las dudas que tenemos y os hemos planteado los despedidos por el ere aquí en este blog y nos dais una información real y verídica con la ley en curso . Tenemos o nó derecho a los 15 dias desde el aviso por escrito por despido en un ere ? ¿nos los tienen que pagar si no se cumplen esos dias o nó ? porque tú dices que sí y el delegado de mi parador dice que no ¿en qué quedamos???? tenemos la cabeza hecha un lio con tantas opiniones diferentes ,ya no sabemos a qué atenernos y seguro que nos la cuelan pero bien colada....
    Puedes preguntar por favor a los abogados laborales del sindicato y darnos una respuesta para saber a qué tenemos derecho en el finiquito de este circo de ere ,ademas de injusto y chapucero . Puuuuuuuuuuuuuuuuf que hartazón tenemos , perdona la molestia y gracias por tu dedicación ,estamos todos mas que saturados y te lo pasamos todo a tí . Un cordial saludo

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    1. Claramente y sin duda ninguna. Teneis derecho a los 15 días de preaviso, o lo comunican con 15 días de antelación (el día 31 os dicen que el despido causará efecto, es decir dejarás de trabajar, el día 16) o si te dicen que dejas de trabajar el día 1 de febrero tendrán que pagarte en la liquidación el valor de esos 15 días. Si te comunican el día 31 que dejas de trabajar el día 6 de enero, te lo están comunicando con 5 días de antelación, con lo cual tendrán que pagarte en la liquidación el valor de 10 días. ASÍ DE CLARO LO DICE LA LEY.

      Es más, la dirección de la empresa reconoció en la última reunión que las cartas se entregarán el día 31 con efecto del despido el día 1 de febrero y que asumirán el pago de los 15 días de preaviso.

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  27. En los departamentos en los que queda sólo un empleado trabajando, es legal que contraten a alguien para cubrir turnos? Es legal que tengan a ese empleado sin librar hasta "que se sepa como va a quedar esto"? Creo que las comisiones de seguimiento deberían de estar funcionando ya.

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    1. Considero que no es legal ninguna de las dos y debemos reclamarlo. El que se queda sin librar puede reclamar los días libres que le corresponden y lo de la contratación tienen que ponerlo en manos de los servicios jurídicos los representantes de los trabajadores.

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  28. Jorge, creo que ya lo has dicho antes pero no me acuerdo, cual es el calculo de la indemnizacion por despido, la media de los 6, 12 meses, es esa la base reguladora???

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  29. en el año 2011 yo me di de baja en julio por enfermedad, mas bien ansiedad reactiva, causada por mi jefa.yo estaba sustituyendo a una chica embarazada, por maternidad. el 5 agosto de 2011 me notificaron(yo estando de baja) que cesaba el contrato porque se incorporaba la chica a la que yo sustituía, y sé que ella no se incorporó hasta noviembre. Asi mismo en el momento que yo me di de baja cogieron a otr chica, pero mi cometido era la sustitución de esta chica que según ellos alegaban que se incorporaba y por eso acababa mi contrato. Es legal lo que me hicieron? podria todavía demandarles?Esto´pasó en agosto de 2011,

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    1. No es legal lo que hicieron, pero ya no puedes reclamar. Este tipo de reclamaciones tienen un plazo de 20 días a contar desde el momento que suceden.

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  30. hola jorge,ya me an dado la carta del despido,despues de 43 años,mi pregunta es la siguiente:Tengo 60 años cuando agote el paro 62 años me tiene que pagar la empresa la cotisacion a la seguridad social asta los 65 años,un saludo

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    1. Cuando termines el paro podrás acogerte a la jubilación anticipada, con lo cual la empresa no está obligada a cotizar. En el caso de que la ley cambie y no puedas coger la jubilación anticipada hasta los 63 años, la empresa si estaría obligada a cotizar, pero solo hasta esta edad.

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  31. hola Jorge,mi pregunta es la siguiente:tengo 60 años y 43años en paradores,y como era de esperar me toco el ere:me voy al paro 2 años me pongo en 62 años¿tiene que cotisar la empresa por mi asta los 65años? me puedes decir en que me afecta a mi el convenio especial que hay a partir de los 55 años,Un saludo,

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    1. Creo que ya respondía a una duda como esta, pero lo volveré a hacer.

      Si no cambia la ley y a los 62 años te puedes acoger a la jubilación anticipada, la empresa no tendría que cotizar. En el caso de que cambie y no te puedas jubilar hasta los 63 años, la empresa tendría que cotizar hasta esa edad.

      La obligación de cotizar de la empresa es hasta la edad legal de jubilación, aunque esta sea anticipada.

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